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Gestión Integral de Movilidad para empresas
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Equipo elaborando un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo sobre un mapa

Elaboración del Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo

La Ley de Movilidad Sostenible establece la obligación de disponer de un PMST en determinados centros de trabajo. En planIA analizamos cada caso, elaboramos el plan y acompañamos su negociación, implantación y seguimiento.

El trabajo parte de los datos reales del centro y de la plantilla para definir objetivos, medidas, responsables, calendario e indicadores.

Fases

Diagnóstico

Recogemos los datos del centro, analizamos su accesibilidad y estudiamos cómo se desplaza la plantilla.

01

02

Plan de acción

Definimos objetivos y seleccionamos las medidas, responsables, calendario y recursos necesarios.

Implantación y seguimiento

Acompañamos la puesta en marcha y medimos la evolución de los indicadores.

03

Autodiagnóstico

¿Está tu centro obligado a disponer de un PMST?

Facilítanos unos datos básicos y revisaremos si el centro puede estar incluido en el ámbito de aplicación de la Ley de Movilidad Sostenible.

Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber del PMST

Un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo es el conjunto de medidas que una organización pone en marcha para que los desplazamientos de su plantilla entre el domicilio y el centro de trabajo sean más sostenibles, seguros y eficientes: menos coche con un solo ocupante y más transporte colectivo, movilidad activa, vehículo compartido y trabajo a distancia cuando es posible.
Según la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, los centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras, o con más de 100 en un mismo turno. La obligación se mide por centro de trabajo, no por empresa. Cualquier otra organización puede elaborarlo de forma voluntaria.
Los centros obligados deben disponer del plan antes del 5 de diciembre de 2026. Conviene revisar también la normativa autonómica o municipal, que puede añadir requisitos.
Sí. El PMST debe negociarse con la representación legal de las personas trabajadoras. Lo habitual es constituir una comisión de movilidad en la que participen la dirección y dicha representación desde el inicio del proceso.
Plantilla por centro y turnos, horarios, códigos postales agregados, aparcamiento disponible y medidas de movilidad ya existentes.
Con los indicadores definidos en el propio plan, como el reparto entre modos de transporte, el uso de cada medida o las emisiones. La ley exige un primer informe de seguimiento en los dos años siguientes a la aprobación del plan y después cada dos años.

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